domingo, 13 de octubre de 2024

Gestión Procesal y Administrativa 2022: nombramientos y destinos

Nombramiento como funcionarios de carrera y adjudicación de destinos

En el BOE de hoy 14 de octubre se ha publicado el nombramiento como funcionarios de carrera y la adjudicación de destinos a los aprobados de la oposición al cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, convocada en diciembre de 2022.

  • Orden PJC/1103/2024, de 2 de octubre por la que se nombran funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, a los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre. 
  • Resolución de 2 de octubre de 2024, del Departamento de Justicia y Calidad Democrática, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo, convocado por la Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.

TOMA DE POSESIÓN

Plazo de 20 DÍAS HÁBILES a contar a partir del día siguiente a la publicación en el BOE. 

Los funcionarios destinados en virtud de esta Orden, que pertenezcan

ya al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que opten por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión (20 días hábiles), comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de L.O.P.J.

En el caso de que los funcionarios optaran por ingresar en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, podrán solicitar a la Gerencia Territorial correspondiente a su destino como funcionarios del cuerpo de Auxilio o Tramitación, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días. Estos días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio.

En el caso de que el funcionario proceda del ámbito de competencia de otra Gerencia Territorial o de Comunidades Autónomas que hayan recibido el traspaso de medios personales, deberá remitirse dicha documentación a estos órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el cuerpo de Tramitación P.A. o Auxilio Judicial y el cese automático con la fecha del día anterior en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Gestión P.A., al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.

El personal funcionario que opte por permanecer en el nuevo puesto del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, tendrá derecho, a partir de la toma de posesión, al permiso retribuido que establece la disposición adicional quinta del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, permiso del que se deducirán los días contemplados en el apartado tercero de esta orden

 

PARTICIPACIÓN EN CONCURSOS DE TRASLADOS:

Los funcionarios del Cuerpo de Gestión P.A. a los que se otorga destino en virtud de esta Orden, no podrán participar en concursos de traslados para puestos genéricos del mismo cuerpo hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Orden. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 523.3 de la LOPJ.

ADJUDICACIONES DE DESTINOS EN LOS DISTINTOS ÁMBITOS TERRITORIALES:  

 Ámbito ministerio

Andalucía

Aragón

Asturias

Canarias

Cantabria

Cataluña 

Comunidad valenciana

Galicia

La Rioja

Madrid

Navarra

País Vasco