jueves, 5 de marzo de 2026
MESA SECTORIAL: NEGOCIACIÓN RD SUSTITUCIONES LAJ
En fecha 3 de marzo ha tenido lugar Mesa Sectorial para la negociación del proyecto de modificación del RD para regular las sustituciones del cuerpo de LAJ. Este proyecto es prácticamente idéntico al que ya aprobaron en el año 2019 y que fue anulado por sentencia del Tribunal Supremo por vulneración de la negociación colectiva.
Con carácter previo, STAJ ha reclamado que debería regularse también, con carácter de norma básica a desarrollar por cada ámbito, la sustitución sin relevación de funciones dentro de los cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial porque igual que para el de Letrados se considera que se justifica en los principios de necesidad y eficacia, esto también debería ser aplicable al resto de Cuerpos puesto que si las ausencias de media o larga duración no se cubren por personal interino hasta transcurrido un cierto tiempo, hasta que eso llega quienes realizan el trabajo es el resto de personal integrante de los diferentes servicios y dentro de estos, las áreas que puedan existir o equipos, aunque sean funcionales y ese trabajo debe también retribuirse no únicamente a los LAJ.
El reglamento para sustituciones de Letrados, mucho nos tememos que busca indirectamente reducir en gran medida el nombramiento de personal sustituto y, con ello, perjudicar a los funcionarios del cuerpo de Gestión que forman parte de las bolsas de LAJ sustitutos limitando sus posibilidades de promoción profesional. El Ministerio informó de la existencia de 885 vacantes, numero importante y bastante inferior al numero de plazas convocadas en oposición. Veremos si ese número se cubre con nombramientos de personal sustituto o, como nos tememos, en gran parte, con sustituciones.
El borrador de decreto establece la no retribución de las sustituciones por vacaciones y las inferiores a 10 días (salvo actuaciones procesales concretas).
El periodo máximo de sustitución por un letrado serían 180 días al año . Nos parece un periodo excesivo y hemos propuesto una rebaja además de que las ausencias que superen el mes y en todo caso a los dos meses se cubran por personal sustituto de la bolsa. Se establece que la sustitución “podrá ser realizada por varios letrados simultáneamente, en cuyo caso la retribución se distribuirá proporcionalmente.” En este caso el tiempo también se distribuiría proporcionalmente con lo cual podría cubrirse por sustitución una ausencia o vacante por dos letrados a la vez hasta 360 dias (180 para cada uno) con lo cual se ve que podría no nombrarse sustituto en dicha plaza en todo un año
Prevé también el borrador de decreto la existencia de programas de actuación por objetivos con unas retribuciones adicionales -no fijas ni periódicas- por participación en estos programas concretos. Nuevamente, STAJ ha reclamando la necesidad de regulación básica de dichos programas de actuación para los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio superando la escasa regulación que pervive del real decreto 1909/2000.
No obstante, vemos como en el caso de las sustituciones, que para el Ministerio la regulación de estas materias para el colectivo mayoritario de la Administración de Justicia no entra dentro de sus prioridades.
miércoles, 15 de octubre de 2025
Grupo de Trabajo Carrera Profesional
Se ha celebrado nueva reunión de Grupo de trabajo de carrera profesional, en la que se han ido fijando algunos aspectos de la misma de cara a la elaboración de un borrador de Real Decreto, que el Ministerio se compromete a traer a la próxima reunión.
Como premisa principal, y como ya informamos en anteriores
notas, la carrera se aplica a todos los Cuerpos de
funcionarios al servicio de la Administración de Justicia. Es un derecho del
funcionario, y la participación e inclusión en cada uno de los grados se hará
siempre a instancia de los interesados.
Como criterios fundamentales, la idea es que se divida
en cuatro grados, alcanzándose el grado máximo tras
veintitrés años de servicio. Está aún en discusión si el tiempo de
permanencia en cada grado será de 5 o 6 años. La opción que más baraja el
Ministerio es 5 años para el primer grado, 6 años en los siguientes hasta el
cuarto.
El Ministerio considera que el tiempo de
servicios que debe evaluarse es el prestado en la
Administración de Justicia, sin que sirva el tiempo en otras Administraciones.
Desde STAJ hemos pedido que se estudie la posibilidad de
valorarse los servicios en otras Administraciones, pero con menor valor que el
prestado en Justicia.
Se computará el tiempo de servicios en activo,
servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares, por víctimas de
violencia de género o violencia terrorista.
El Ministerio, asimismo, manifiesta que debe incluirse entre los criterios aplicables la evaluación del desempeño. Algo que desde las organizaciones sindicales hemos mostrado nuestro desacuerdo, manifestando la Administración que se va a aplicar en cualquier caso, estando abierto a buscar fórmulas de evaluación flexibles o abiertas y con plenas garantías para el personal, lo cual será objeto de una reunión monográfica. Desde luego nos oponemos a que la evaluación se realice mediante un informe subjetivo realizado por los superiores jerárquicos sin limitación alguna, debiendo ser una evaluación reglada y con posibilidad de contradicción y en todo caso revisable por la comisión de valoración de la carrera profesional que habrá de constituirse.
lunes, 6 de octubre de 2025
STAJ advierte del grave riesgo de colapso en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer
STAJ Navarra mandamos, el jueves 2 de Octubre, nota de prensa "https://www.diariodenavarra.es/noticias/navarra/2025/10/02/advierten-grave-riesgo-colapso-juzgados-violencia-sobre-mujer-aumento-funciones-662289-300.html" a diferente medios de comunicación advirtiendo del “grave riesgo de colpaso en los juzgados de Violencia sobre la Mujer y solicitando un refuerzo proporcional del personal de justicia en Navarra.
Desde el 3 de Octubre de 2025, los juzgados y secciones de Violencia sobre la Mujer aumentaron sus competencias con todos los delitos contra la libertad sexual o la trata de seres humanos cuando la víctima sea mujer.
El CGPJ estima que la carga de trabajo de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de toda España aumentará de media un 12,9 % cuando conozcan de todos los delitos de violencia sexual.
Los funcionarios y funcionarias que antes trabajaban exclusivamente en violencia de género ahora deberán atender todo tipo de procedimientos penales, perdiendo la especialización necesaria en una jurisdicción singularmente sensible, diluyendo la esencia de estos órganos judiciales y el fundamento que dio lugar a su creación. Por lo que desde STAJ reclamamos en Navarra el aumento urgente de personal funcionario especializado.
Ante esto, la Dirección General de Justicia de Navarra mantiene en la última propuesta de Rpts (relación de puestos de trabajo) en Pamplona, la misma dotación para los juzgados de VSM.
La situación es preocupante: la falta de eficiencia y personal bien retribuido en esta materia podría generar perjuicios irreparables para muchas mujeres en situación de vulnerabilidad.
Tras años de reclamaciones y las últimas movilizaciones hemos conseguido una retribución complementaria y puestos singularizados para los juzgados de violencia sobre la mujer de Pamplona 158,5 € / mes. Esta subida la consideramos insuficiente, respecto a otros partidos judiciales de dimensiones parecidas a Pamplona, como es el caso de Tarragona, con 212,83 € /mes. Seguiremos reclamando que también se retribuya en los partidos judiciales de la fase I de Navarra.
martes, 16 de septiembre de 2025
Mesa grupo de trabajo carrera profesional
En cumplimiento del Acuerdo de 8 de enero de 2025 firmado por STAJ, CSIF, UGT y CIGA, entre otros aspectos beneficiosos del mismo, se acordó la negociación del Real Decreto para el desarrollo de la carrera profesional en la Administración de Justicia.
Tras la reunión preliminar que tuvo lugar a principios de julio, hoy día 16 de septiembre ha tenido lugar la primera reunión técnica para avanzar en este nuevo complemento de carácter nacional previsto en los arts. 516 y 519 LOPJ, fruto también de acuerdo suscrito en su día por STAJ y otros sindicatos.
Como premisa se ha de destacar que este complemento retributivo alcanzará a todos los Cuerpos de funcionarios que prestan servicios en la Administración de Justicia, Letrados A.J., Gestión P.A., Tramitación P.A., Auxilio Judicial, Médicos Forenses, Facultativos INTCF, Técnicos INTCF y Ayudantes del INTCF.
Se ha pasado por parte del Ministerio un primer documento de trabajo muy limitado en cuanto a contenidos, alcance, sin incluir aún cuantías. Pero es el primer paso de una negociación que ha de concluir en el Real Decreto que contenga las condiciones básicas de la carrera profesional para su posterior desarrollo por las CCAA donde tengan competencias transferidas.
Claro está hoy no se ha llegado a ningún acuerdo sobre ningún punto de la negociación. Este primer día de trabajos ha sido muy genérico y sin avances concretos que podamos destacar. No obstante, sí se han puesto sobre la mesa algunos puntos y límites de la carrera. Cabe destacar que los elementos que el Ministerio considera imprescindibles para tener en cuenta para la evolución de los grados son tres:
viernes, 8 de agosto de 2025
RPT LAJ comunidad transferidas tribunales de instancia fase III
En el BOE de 4 de agosto se publican resoluciones por las que se publican las Relaciones depuestos de trabajo de Letrados de la Administración de Justicia de los Tribunales de Instancia que se constituirán el 31 de diciembre de 2025 en comunidades autónomas con las competencias transferidas.
miércoles, 30 de julio de 2025
Ampliación del permiso de nacimiento y cuidado
Se modifican las letras a), b), c) y g) del artículo 49 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre
Tanto el Permiso por nacimiento para la madre biológica como el Permiso por adopción, por guarda con fines de adopción, o acogimiento, tanto temporal como permanente y el Permiso del progenitor diferente de la madre biológica por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo o hija tendrán una duración de DIECINUEVE SEMANAS (En el supuesto de monoparentalidad, por existir una única persona progenitora, el permiso será de treinta y dos semanas).
Este permiso se ampliará para ambos progenitores en dos semanas más en el supuesto de discapacidad del hijo o hija y, por cada hijo o hija a partir del segundo en los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples, una para cada uno de los progenitores.
El permiso de cada uno de los progenitores por el cuidado de menor se distribuye de la siguiente manera:
1.º Seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al nacimiento, la resolución judicial por la que se constituye la adopción o bien de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento, serán obligatorias y habrán de disfrutarse a jornada completa.
2.º Once semanas, veintidós en el caso de monoparentalidad, que podrán distribuirse a voluntad de aquellos, en períodos semanales a disfrutar de forma acumulada o interrumpida y ejercitarse desde la finalización del descanso obligatorio posterior al hecho causante dentro de los doce meses a contar o bien desde el nacimiento del hijo o hija, o bien desde la resolución judicial por la que se constituye la adopción o bien de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento.
3.º Dos semanas, cuatro en el caso de monoparentalidad, para el cuidado del menor que podrán distribuirse a voluntad de aquellos, en períodos semanales de forma acumulada o interrumpida hasta que el hijo o la hija cumpla los ocho años.
lunes, 21 de julio de 2025
Publicación BOE RPTS de la Fase III en ámbito Ministerio
En BOE de 22 de julio se han publicado las Resoluciones por las que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de las Secretarias de Gobierno del territorio no transferido; las relaciones de puestos de trabajo de las Comunidades Autónomas no transferidas que se constituirán en Tribunales de Instancia en fecha 31 de diciembre y las relaciones de puestos de trabajo oficinas generales del Registro Civil de los partidos judiciales de las Comunidades Autónomas no transferidas en que se constituirán los Tribunales de Instancia en fecha 31 de diciembre de 2025.
lunes, 7 de julio de 2025
Registro Civil: Instrucción sobre comunicación electrónica de nacimientos
viernes, 4 de julio de 2025
Mesa sectorial Ministerio de Justicia. Negociación Reglamento Registro Civil
Esta negociación es fruto del Preacuerdo de 16 de julio de 2024, ratificado por el Acuerdo de 8 de enero de 2025,
suscrito entre el Ministerio de Justicia y los sindicatos STAJ, CSIF, UGT y CIG, -al que se opone CCOO-.
Desde STAJ hemos resaltado la necesidad de determinar con nitidez cuáles son las funciones que pueden desempeñar los funcionarios de los Cuerpos generales, bien directamente o bien por delegación del Encargado, con mención especial de las funciones que corresponden al Cuerpo de Gestión Procesal y administrativa, y particularmente en materia de certificación de asientos registrales. La figura del Gestor debe desempeñar un papel clave, dado que en la práctica es imposible que el Encargado de una Oficina de Registro civil pueda realizar todas las funciones que le atribuye la ley, de ahí la necesidad de crear la figura del Gestor adjunto o, como se está denominando en las Relaciones de Puestos de Trabajo de Fase II de Andalucía, Gestor de apoyo al Encargado, como puesto singularizado, puesto que hemos pedido que se aplique en todas las RPTs de Oficinas de Registro Civil de todo el Estado.
No puede olvidarse que en la práctica son los funcionarios de los cuerpos generales quienes llevan el Registro Civil, por tanto es necesario que se reconozca y para ello el Reglamento del Registro Civil debe incluir ese reconocimiento y atribución de funciones. Lo cual debe llevar aparejado el reconocimiento retributivo, especialmente cuando se trata de atribución de funciones que por ley se encargan a un “Cuerpo superior jurídico”, aunque sea por delegación.
miércoles, 2 de julio de 2025
Acuerdo 8 de enero de 2025: comienza la negocación de la carrera profesional
El Ministerio ha mostrado hoy su plena disposición a llegar a un consenso sobre esta materia, en el marco de lo establecido en el artículo 519.3 de la LOPJ, estando abierto a las sugerencias que les hagamos llegar desde las organizaciones sindicales en cuanto a los criterios, requisitos y cuantías mínimas del complemento, a fin de poder aprobar un Real Decreto que regule con carácter básico o de mínimos la carrera profesional para todo el Estado, sin perjuicio del desarrollo que pueda hacerse en cada ámbito con competencias en materia de Justicia. Hemos pedido que esa regulación básica debe respetar los programas de “Trayectoria” o “Carrera” que existen actualmente en Galicia o Valencia.
Se iniciarán durante el mes de septiembre varias reuniones de grupo de trabajo, que deben constituirse en el seno de la comisión de seguimiento del Acuerdo de 8 de enero, por el Ministerio y los sindicatos que lo suscribimos, en las que se debatirán esos criterios, requisitos y cuantías, así como los niveles o grados y la antigüedad necesaria para acceder a cada grado, con objeto de ultimar el documento que se llevará a mesa sectorial de negociación.
Hemos pedido que la carrera se aplique a todo el personal al servicio de la Administración de Justicia, de todos los Cuerpos, pues así se recoge en la LOPJ, y que se incluya también al personal interino. Del mismo modo, hemos solicitado que el tiempo consolidado en un grado en un determinado cuerpo, sirva para acceder al siguiente grado aunque se cambie de Cuerpo.
Publicado en el BOE el incremento salarial del 0.5 % pendiente desde enero de 2024
martes, 1 de julio de 2025
Instrucción para la coordinación de la actividad de la Oficina judicial con los órganos judiciales
Esta Instrucción establece que los Secretarios de Gobierno aprobarán los correspondientes protocolos de actuación de cada Oficina judicial antes del despliegue de la misma en los diferentes partidos judiciales, en los que constará la concreta organización y coordinación del personal de la Oficina judicial con los jueces y magistrados que integran el tribunal, a través de la cual se llevará a cabo el apoyo directo a las funciones jurisdiccionales de acuerdo con los criterios contenidos en la presente Instrucción.
Se distingue entre asistencia a los jueces en general, que se presta por todos los servicios comunes y el apoyo directo a los jueces. El artículo que regula el apoyo a los jueces establece que, cuando la Oficina judicial preste soporte y apoyo a cinco o menos plazas judiciales, las actividades y tareas de coordinación serán asumidas por todo el personal destinado en los correspondientes servicios comunes. Cuando el servicio común asista a seis o más plazas judiciales, se asignará al apoyo a jueces, juezas, magistrados y magistradas al menos un puesto de personal funcionario más otro adicional por cada cinco plazas judiciales existentes. Es decir, existirán puestos que presten apoyo directo a los jueces, si bien, estos puestos no vienen reflejados en las RPTs ni conllevan distinta remuneración.
miércoles, 25 de junio de 2025
Publicación Real Decreto 530/2025
Real Decreto sobre disposiciones organizativas y estatutarias del personal de justicia en las Oficinas judiciales y en las Oficinas de Justicia en los municipios
En el BOE de hoy se publica el Real
Decreto 530/2025, de 24 de junio, por el que se adoptan las
disposiciones organizativas y estatutarias del personal de la Administración de
Justicia necesarias para implementar en las Oficinas judiciales y en las
Oficinas de Justicia en los municipios el modelo de organización judicial
establecido por la Ley Orgánica
1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio
Público de Justicia.
lunes, 23 de junio de 2025
Ministerio de Justicia convoca mesa sectorial para negociación carrera profesional
Ministerio de Justicia convoca mesa sectorial: negociación carrera profesional y reglamento registro civil.
Tras la petición realizada por escrito desde STAJ el
pasado viernes, el Ministerio de Justicia finalmente nos ha comunicado que
la próxima semana recibiremos convocatoria para la negociación de la carrera
profesional. El Ministerio de Justicia nos ha remitido la siguiente
convocatoria de Mesa sectorial:
"Se convoca Mesa sectorial para los días
2 y 3 de julio de 2025, en el lugar y con datos de conexión que ya se
comunicarán, a las 12 horas los dos días, con el siguiente orden del día:
Día 2: Negociación de la carrera profesional.
Día 3: Negociación de los aspectos que afectan a las condiciones de trabajo del Reglamento del Registro Civil."
martes, 3 de junio de 2025
Análisis de la resolución 181/2025
Las subidas publicadas en la Resolución 181/2025 son una buena
noticia para todos aquellos que llevamos dos años de movilizaciones para
mejorar nuestras condiciones laborales y retributivas. Esta subida es una
muestra de que sólo la implicación, la
constancia y el trabajo, que hemos demostrado, consigue logros.
Ahora,
analizamos los resultados y los objetivos pendientes que se han quedado por el
camino (sin renunciar a ellos),
comparando nuestra propuesta presentada a la Directora General el 1 de octubre
de 2024 y la Resolución.
OBJETIVOS CONSEGUIDOS
C La retirada del punto 1. del borrador de acuerdo remitido en
septiembre.
Este punto pretendía que las organizaciones sindicales nos
comprometiéramos a “facilitar la
implementación del nuevo modelo organizativo” y “cualquier
disposición que afecte a la organización, digitalización u otros aspectos
relacionados con la prestación del servicio”.
C La inclusión del, mal llamado, Complemento de Productividad en el
Complemento Específico. STAJ y AFAPNA llevábamos demasiados años pidiendo que este
complemento se consolidara en el complemento específico y que, la derogada
norma (en cuanto a la posibilidad de regularlo mediante planes de actuación),
no siguiera manteniendo al Personal de Justicia en una situación transitoria
por más tiempo.
C El pago de 1 punto (31,60 € por persona y día) a quien realice la
guardia durante las fiestas de San Fermín, mediante la inclusión de un párrafo en la
Resolución 26/2025, de 28 de enero por el que se aprueba el calendario laboral
para el año 2025.
C Aumento de las cantidades iniciales: hemos pasado de la oferta
viernes, 9 de mayo de 2025
Últimas noticias concurso de traslados y procesos selectivos
Dado que había errores por comunidad autónoma sobre el tiempo a valorar como interino, HAY RETRASO en publicación del concurso. TIENEN UNA FECHA MÁXIMA EN BOE EN JUNIO no especificada. Esperan tener antes de ese límite y si pueden lo publican antes.
ES FALSO EL RUMOR DE QUE AHORA ADJUDICACIÓN Y TOMA POSESIÓN SE PRORROGARÍA A SEPTIEMBRE. Eso no es así. Se publicaría en BOE y acto seguido darían plazo para el cese y plazo posesorio. A continuación de publicación de la resolución del concurso se publicaría inmediatamente en un corto espacio, sin que hayan concretado, la publicación de la segunda parte del concurso bloqueada por la primera fase de implantación de los tribunales de instancia.
La previsión sobre la resolución dependerá de las instancias presentadas, aunque se manifiesta que quieren tenerlo resuelto en septiembre. Este concurso tendría fase de resultas relativas solo a esas localidades bloqueadas de la primera fase de implantación, no las de este primer concurso.
SOBRE LOS PROCESOS SELECTIVOS:
ESTABILIZACIÓN CONCURSO DE MÉRITOS: En breve ya estarán publicadas renuncias y aspirantes excluidos de los cuerpos de Gestión y Tramitación. Posteriormente se publicará un listado con gente nueva que pasa a entrar en lista de los que superan el proceso selectivo para presentar documentación según orden de méritos. La oferta de destinos será después de la resolución de la segunda parte del CONCURSO DE TRASLADOS. Este proceso de renuncias con inclusión de nuevos aspirantes estará abierto hasta la adjudicación de destino y simultaneo nombramiento como funcionario de carrera.
viernes, 2 de mayo de 2025
STAJ gana sentencia reconociendo permiso parental retribuido
EL SINDICATO STAJ GANA UNA SENTENCIA POR LA QUE SE LE RECONOCE A UNA FUNCIONARIA DE LA ADM DE JUSTICIA EL PERMISO PARENTAL RETRIBUIDO QUE LE DENEGABA LA ADMINISTRACIÓN.
El Sindicato STAJ acaba de conseguir la primera Sentencia que afecta al personal de la Administración de Justicia, en el que se reconoce el derecho a una Funcionaria de los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia la concesión del PERMISO PARENTAL RETRIBUIDO que le denegaba la Administración donde esta se encuentra destinada.
Tal como se recoge en la Sentencia, esta anula y deja sin efecto la Resolución que le denegaba el Permiso Parental retribuido dictada por la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma donde se encuentra destinada, reconociéndole a dicha Funcionaria de Justicia el Permiso Parental retribuido y por consiguiente poder percibir el 100% de su Salario correspondiente al período de permiso solicitado, desde el día 3 de Febrero de 2025 hasta el día 25 de Mayo de 2025 ambos inclusive, estimando la demanda interpuesta por el Sindicato STAJ a favor de su afiliada.
La Sentencia reconoce que la decisión de la controversia exige dilucidar la hermenéutica que ha de seguirse en la interpretación del Artículo 49.g) del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
viernes, 11 de abril de 2025
Formación: cursos para afiliados a STAJ
Desde Orion formación y en colaboración con la Universidad Católica de Ávila nos han remitido una promoción para nuestros afiliados que dará comienzo el 11 de abril y estará vigente hasta el 31 de mayo y que consiste en un pack de tres cursos acreditados por dicha universidad por un precio total de 48 euros.
Aquellos afiliados al sindicato interesados en realizar estos cursos, pueden enviar un correo electrónico a staj.illesbalears@justicia.es solicitando que le proporcionemos el código de descuento.
jueves, 10 de abril de 2025
STAJ INFORMA: últimas noticias facilitadas por Ministerio de Justicia
CONCURSO DE TRASLADO 2024
Según el Ministerio de Justicia, la resolución del concurso
se retrasa y anuncia que se prevé su publicación en Mayo en el BOE, sin
determinar fecha concreta.
Una vez publicada la resolución del concurso de traslado en
mayo, se supone que en breve, el Ministerio publicaría el concurso de traslado
con las vacantes de los partidos de la primera fase de implantación de los
Tribunales de Instancia que bloqueó en el concurso pendiente de resolver ahora,
concurso que si se hubiera convocado cuando tocaba, en 2024 no habría habido
ese bloqueo.
La resolución que anuncia para mayo y es definitiva puesto
que en este concurso eliminó el trámite del listado provisional.
OFERTA DE PLAZAS A LOS PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN
Cuando se resuelva este el concurso de traslado de cuerpos
generales de las plazas de los partidos judiciales de la primera fase de
implantación, se ofrecerán las plazas del proceso de estabilización (concurso
méritos y concurso oposición). Lo cual hace que dicha oferta se retrase como
poco hasta el último trimestre del año.
Los listados de aprobados de estos procesos continúan
depurándose con las jubilaciones sobrevenidas. Cuando se adjudiquen los
destinos del concurso de méritos de estabilización, se eliminarán los aprobados
del concurso de méritos que hayan superado ambos procesos en el mismo cuerpo y
ya hayan sido nombrados funcionarios.
PROMOCIÓN INTERNA GESTION
Se van a publicar nuevos listados de los tribunales
delegados de PI Gestión en los que se han detectado errores y una vez
corregidos se publicarán nuevamente.
