En el BOE de hoy se publica la Resolución de 5 de marzo de 2025, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se modifica la de 5 de diciembre de 1996, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios en el ámbito de la Administración de Justicia.
La modificación afecta al punto 16 del apartado séptimo, que
queda redactado como sigue:
«16. Normas comunes.
e) Al término del servicio de guardia ordinaria, los
funcionarios que lo hubieren prestado podrán dejar de asistir a la oficina el
propio día de conclusión de la guardia o dentro de los tres días laborables
siguientes en los mismos supuestos reconocidos a los Letrados de la
Administración de Justicia»