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Os recordamos que se puede optar por cambiar a otra entidad de seguro médico o al Servicio Público de Salud durante el mes de enero.
Tipos de cambio de entidad médica:
1. Cambios ordinarios
Los mutualistas pueden realizar un cambio ordinario cada año, una sola vez, durante el mes de enero.
Plazo de presentación: del 1 al 31 de enero de cada año.
Fecha de efectos: 1 de febrero del año en curso.
2. Cambios extraordinarios
- Por cambio de destino o residencia que implique CAMBIO DE PROVINCIA O ISLA.
Plazo de presentación:
§ En el caso de cambio de destino: un mes desde la fecha de la toma de posesión.
§ En el caso de cambio de residencia: un mes desde la fecha de empadronamiento.
Fecha de efectos: el día 1 del mes siguiente al que se realice la tramitación.
- Por circunstancias excepcionales, cuando el mutualista obtenga la CONFORMIDAD DE LAS DOS ENTIDADES AFECTADAS expresada por escrito.
Plazo de presentación: durante todo el año.
Fecha de efectos: el día en que se autorice el cambio por parte de MUGEJU.
- Por circunstancias excepcionales, cuando exista JUSTIFICACIÓN MÉDICA acreditada y se autorice por Resolución de la Gerencia de MUGEJU.
Plazo de presentación: durante todo el año.
Fecha de efectos: el día de la resolución favorable de la Gerencia de MUGEJU.
- Por circunstancias excepcionales, cuando esté justificado el CAMBIO DE UNA PLURALIDAD DE TITULARES y la gerencia de MUGEJU acuerde la apertura de plazo especial de cambio de entidad.
Para facilitar el trámite a los mutualistas y evitar desplazamientos a las oficinas, MUGEJU permite la posibilidad de realizar el cambio a través del Portal del Mutualista.
Otros enlaces de interés para la prestación sanitaria.
· Acceso a la asist. sanitaria
· Asistencia en el medio rural
o Estancias hasta 120 días y estancias por estudios
o Estancias de más de 120 días
o Reintegro de gastos en el extranjero
o Tratamientos médicos en el extranjero