El proceso selectivo tendrá lugar por el sistema de
concurso-oposición, conforme se describe para cada cuerpo en los anexos II, III
y IV. La fase de oposición será eliminatoria y se desarrollará en primer lugar
con los ejercicios, puntuaciones y valoraciones que se especifican en los
anexos II.a), III.a) y IV.a) de esta convocatoria.
A las personas aspirantes que hayan superado la fase de
oposición se les aplicará el baremo de méritos de la fase de concurso que se
especifican en los anexos II.b), III.b) y IV.b) de esta convocatoria.
La calificación final del proceso selectivo
vendrá determinada por la suma de las puntuaciones finales obtenidas en cada una de las fases de oposición y concurso.En el siguiente enlace podéis consultar un esquema resumen
de los méritos baremables con los límites que se han fijado para cada uno.
CUADRO
VALORACIÓN CONCURSO DE MERITOS Y PLAZAS CONVOCADAS POR ÁMBITOS TERRITORIALES
Se convoca proceso selectivo para cubrir por el turno libre,
por el sistema de concurso-oposición, 242 plazas en el Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa, 370 plazas en el Cuerpo de Tramitación Procesal y
Administrativa y 384 plazas en el Cuerpo de Auxilio Judicial, conforme a lo
dispuesto en el Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la
oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal en la
Administración General del Estado correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el
empleo público.
Del total de las plazas convocadas se reservarán 16 plazas
del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, 25 plazas del Cuerpo de
Tramitación Procesal y Administrativa y 26 plazas del Cuerpo de Auxilio
Judicial, con la distribución territorial reflejada en el anexo I, para ser
cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad de
grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que acrediten el indicado
grado de discapacidad y la compatibilidad funcional con el desempeño de las
tareas propias que corresponden al Cuerpo por el que se presenten y superen las
pruebas selectivas.
Las plazas reservadas a personas con discapacidad que queden
desiertas no se acumularán a las del cupo general de esta convocatoria.
Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán
cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en
la Administración Pública (modelo 790- Código 007 en cuya parte superior figura
«Solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración Pública y
liquidación de la tasa de derechos de examen»), que estará disponible en el
punto de acceso general (www.administracion.gob.es), en castellano y en las
demás lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas. Las Comunidades Autónomas
que oferten plazas podrán crear un enlace desde sus respectivas páginas web a
este formulario.
La presentación de la solicitud electrónica se realizará
en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al
de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado», y se
dirigirá a la Secretaría de Estado de Justicia. La no presentación de la misma
en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
La presentación y el pago de la correspondiente tasa se
realizarán por vía electrónica, a través del servicio de Inscripción en
Procesos - Pruebas Selectivas del punto de acceso general,
http://administración.gob.es/PAG/ips, al que se puede acceder directamente o a
través del portal web del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.gob.es (Ciudadanos-Empleo
público) de acuerdo con las instrucciones que se indican.
Las personas aspirantes que estén exentas del pago de la
tasa o tengan derecho a la reducción de ésta, adjuntarán en formato electrónico
la documentación acreditativa de la reducción o exención.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las
instrucciones que figuran en la misma y en el anexo VI de esta convocatoria.
EN EL SIGUIENTE ENLACE PODÉIS CONSULTAR UN ESQUEMA RESUMEN
DE LAS INSTRUCCIONES:
INSTRUCCIONES
PARA CUMPLIMENTAR LA INSTANCIADEL CONCURSO OPOSICIÓN
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la
autoridad convocante dictará resolución, en el plazo máximo de un mes,
declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas. En
dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» y en
la página web del organismo convocante, se indicarán la página web y los
lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas
completas de personas aspirantes admitidas y excluidas, señalándose un plazo de
diez días naturales para subsanar, en su caso, los defectos que hubieran
motivado la exclusión u omisión. Examinadas y resueltas las alegaciones se
dictará nueva resolución. El lugar y fecha de comienzo de los ejercicios, así
como la aprobación de la relación definitiva de admitidos y excluidos, con
indicación de los lugares donde se encuentra expuesta, se publicarán en el
«Boletín Oficial del Estado» y, en su caso, en los diarios oficiales de las
comunidades autónomas con competencias asumidas.
Las relaciones de personas aspirantes, tanto admitidas como
excluidas, se ordenarán alfabéticamente por el primer apellido, atendiendo a
las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española.
No procederá la devolución de los derechos de examen en los
supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes, ni en caso de
inasistencia al ejercicio.
Duración del proceso selectivo. El primer ejercicio se
realizará dentro de los cuatro meses siguientes a la publicación de la relación
definitiva de personas admitidas y excluidas en el «Boletín Oficial del
Estado». La fase de oposición tendrá una duración máxima de tres meses desde la
realización del primer ejercicio, salvo que concurra causa objetiva que lo
justifique, apreciada por la Secretaría de Estado de Justicia, oído el Tribunal
Calificador Único.
El proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de
diciembre de 2024, conforme a lo previsto en la Ley 20/2021.
La ejecución de este proceso selectivo es compatible con la
ejecución simultánea del proceso extraordinario de consolidación también
previsto en la Ley 20/2021 que debe ejecutarse exclusivamente por el
sistema del concurso de méritos, así como con otros procesos selectivos
ordinarios de reposición, por el turno libre o por promoción interna, que
pudieran estar desarrollándose. La persona aspirante que haya concurrido por
diversos procesos, de superar alguno de ellos y ser nombrada funcionaria o
funcionario de carrera, quedará automáticamente excluida de los otros procesos
pendientes aún de finalización, siempre que se trate del mismo cuerpo y con
independencia del ámbito territorial por el que haya concurrido.
Fase de oposición. Los ejercicios de la oposición, que se
detallan en los anexos II.a) para el Cuerpo de Gestión Procesal y
Administrativa), III.a) para el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa
y IV.a) para el Cuerpo de Auxilio Judicial, tendrán lugar, para cada uno de los
Cuerpos, el mismo día y a la misma hora en todas las sedes de examen
publicándose en el «Boletín Oficial del Estado» la fecha, hora y lugares de su
celebración.
El desarrollo de cada uno de estos procesos selectivos podrá
ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus fases o ejercicios con el
desarrollo de los otros.
Finalizado el ejercicio de la oposición, el Tribunal
Calificador único hará públicas en la página web del Ministerio de Justicia
(www.mjusticia.gob.es) y páginas web de las Comunidades Autónomas, las
relaciones de opositores y opositoras de cada ámbito territorial que hayan
alcanzado el mínimo establecido que se haya considerado para superarlo, con
indicación de la puntuación obtenida. Las personas aspirantes que no se hallen
incluidas en las respectivas relaciones tendrán la consideración de no aptas,
quedando eliminadas del proceso selectivo.
No obstante, el Tribunal Calificador único también publicará
separadamente los listados anonimizados de las personas aspirantes consideradas
«no aptas», con su calificación correspondiente.
Fase de concurso. Finalizada la fase de oposición con la
publicación en la página web del Ministerio de Justicia de las relaciones de
personas aprobadas, dará comienzo la fase de concurso en la que se valorarán
los méritos que se detallan en el baremo contenido en los anexos II, III y
IV.b) de esta convocatoria. Se valorarán los méritos alegados y poseídos hasta
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En el mismo acuerdo de publicación de las relaciones de
personas aprobadas, se establecerá un plazo no superior a diez días naturales
para presentar en el registro o dirección electrónica que se indique la
documentación acreditativa, en original o copia auténtica, únicamente de los
méritos indicados en los epígrafes B y C del baremo contenido en el anexo I-B
de la presente orden. Los opositores y opositoras que concurren por Comunidades
Autónomas con ejercicios optativos aportarán en este mismo momento las
certificaciones acreditativas de los conocimientos correspondientes.
La comprobación de los méritos alegados de los apartados A,
C y D se hará de oficio. No obstante, el mérito experiencia como personal
interino, si se ha obtenido en más de un ámbito territorial o en uno distinto a
aquel en el que se presenta deberá ser acreditado por la persona aspirante,
dado que la gestión de este personal corresponde a las Comunidades Autónomas
con competencias en materia de personal transferidas y al Ministerio de
Justicia, a través de sus Gerencias, en las Comunidades Autónomas sin estas
competencias transferidas y en los órganos centrales.
Aquellas personas opositoras que en su solicitud inicial de
participación no hayan prestado su consentimiento para que el órgano gestor del
proceso selectivo pueda verificar de oficio sus titulaciones o certificaciones
académicas, deberán también aportar éstas, de entre las valoradas en el
apartado A del baremo citado.
El Tribunal Calificador Único y los Tribunales Delegados
valorarán los méritos acreditados, y el Tribunal Calificador Único publicará en
la página web del Ministerio de Justicia la relación de personas aspirantes con
la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de
la puntuación obtenida en cada apartado y la total. Las personas aspirantes
dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la
publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes.
Finalizado dicho plazo y vistas y resueltas las alegaciones el Tribunal
publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal elevará al
Ministerio de Justicia propuesta con la relación de personas que superan el
proceso selectivo, en cada ámbito territorial, cuyo número no podrá exceder el
de plazas convocadas, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en
los diarios oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convoquen plazas,
con indicación del número de orden, apellidos y nombre, DNI, puntuación
obtenida en cada una de las fases en el proceso selectivo y la puntuación
total.
Las personas aspirantes que no se hallen incluidas en dicha
relación, se entenderá que no han superado el proceso selectivo y no podrán ser
nombradas personal funcionario de carrera en este proceso.
No obstante, si en alguno de los ámbitos territoriales no se
hubiesen cubierto todas las plazas ofertadas, el Ministerio de Justicia,
coordinadamente con el Tribunal Calificador Único, procederá a ofertar tales
plazas vacantes, por ese o esos concretos ámbitos, a aspirantes de otros
ámbitos que, no habiendo superado el proceso selectivo pero sí los ejercicios
de la oposición y hayan sido baremados sus méritos, tengan la mayor puntuación.
Así se ordenarán estas personas aspirantes de mayor a menor puntación procediendo
a ofertarles las plazas vacantes, pudiendo optar estas personas por las de uno
u otros ámbitos territoriales, si es que existen vacantes en más de un
territorio, aunque deberá ejercitarse dentro del mismo turno –general o
personas con discapacidad– por el que se haya presentado, sin perjuicio del
derecho reconocido a las personas con discapacidad en la base 7.6.
En estos casos, la persona aspirante que supere el proceso
selectivo por esta vía, ocupará el puesto inmediatamente posterior a la última
de las personas aprobadas por el ámbito al que se ha incorporado, procedente
desde aquel otro en el que no había superado el proceso dado lo limitado de las
plazas.
Quienes figuren en la relación definitiva de personas
aprobadas, en el plazo de diez días hábiles contados a partir de la
publicación de ésta en el «Boletín Oficial del Estado» y Diarios Oficiales de
las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas, presentarán en el
Registro General del Ministerio de Justicia (C/ Bolsa, n.º 8, 28071 Madrid) por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidos a la
Unidad EA0041037-Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos Selectivos la documentación exigida
en la Base 8.
Comprobado que las personas aspirantes, cuyo número no podrá superar al de plazas convocadas en cada ámbito
territorial, reúnen los requisitos de la base cuarta de la presente
convocatoria serán nombradas personal funcionario de carrera, mediante Orden del Ministerio de Justicia, que será publicada en el
«Boletín Oficial del Estado» y en los diarios oficiales
de las Comunidades Autónomas competentes.
Dado el carácter nacional de los Cuerpos de Gestión Procesal
y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial para el nombramiento como personal funcionario de carrera, se confeccionarán,
para cada Cuerpo, dos listas en cada ámbito territorial, una en la que se
consignarán las puntuaciones obtenidas en las fases comunes y obligatorias del proceso selectivo, y otra con especificación de la puntuación obtenida en valoración del conocimiento de la lengua oficial propia de las Comunidades
Autónomas, y en su caso la correspondiente al Derecho Civil Vasco, en aquellos
territorios en los que hayan sido objeto de valoración.