martes, 20 de diciembre de 2022

STAJ Informa 20/12/2022: Calendario laboral 2023, LOEO, designación de miembros del tribunales

 CALENDARIO LABORAL: MESA DE TRABAJO 16/12/2022

La Dirección General nos presenta dos opciones:

    1º opción: trabajar 5 minutos más al día (al igual que los funcionarios del Gobierno de Navarra) y mantener el horario de verano con una bolsa de 12 horas, adelantando el horario de verano al 15 de junio o una bolsa de 24 horas en el caso de no adelantar el horario de verano al 15 de junio y mantenerlo como en el año 2022. Además, se mantendría que cada día de vacaciones durante julio y agosto sumaría a la bolsa una hora y se podría seguir disfrutando de tres días de asuntos propios por horas (22 h.+).

    2ª opción: quitar el horario de verano y meterlo todo a la bolsa de horas. Lo cual genera una bolsa de 43     horas y 20 minutos, pero no generarían las vacaciones de verano una hora extra y tampoco se podría disfrutar de ningún día de asuntos propios por horas.

Desde STAJ nos decantamos por la primera propuesta pues, además de las 46 horas que supone la suma de los tres días de permiso por horas, por cada día de vacaciones en julio y agosto se generaría una hora adicional.

La Dirección General, a instancia de STAJ, va analizar la posibilidad de

una regulación especial para Justicia de la bolsa de +/- 10 horas para los Juzgados de Instrucción por las horas de guardias. No lo ven así para el resto de Juzgados, ni para los de Violencia sobre la Mujer o para los que tramitan internamientos o en otros supuestos en los que las leyes y las necesidades del servicio nos obliga a prolongar la jornada, ya que consideran como suficiente gratificación las compensaciones horarias establecidas en el Calendario Laboral (desde STAJ seguimos apostando porque no se nos aplique la Orden Foral de flexibilidad, pero esta Dirección General, con el beneplácito del resto de sindicatos, aplica y deja de aplicar según su conveniencia, un ejemplo claro es el aumento de 5 minutos que aquí se niegan a aplicar).

También hemos solicitado, en solitario, que los días 24 y 31 de diciembre generen dos días de asuntos propios, al igual que ocurre con los festivos en sábado, tanto para este año, como para el próximo. Pero, como hemos dicho, la Dirección General se niega y el resto no la apoyan.

OFICINA JUDICIAL

La Dirección General está recopilando datos para saber cómo se hace el reparto entre los funcionarios en cada uno de los Juzgados de Pamplona de cara a organizar la Oficina Judicial de Pamplona dentro del esquema que plantea la LOEO y los Tribunales de Instancia.

Desde STAJ-Navarra hemos mantenido una conversación informal con los responsables de esa recogida de datos (nos informan, lo que ya sabemos, que cada Juzgado es un mundo). Luego con esos datos nos presentarán a los sindicatos un proyecto. Todo son buenas palabras y buenas intenciones por su parte. Garantizan que no se amortiza ninguna plaza, pero nos dicen que nada pueden hacer frente a la perdida de los destinos (que dispone la ley) y tampoco pueden asegurarnos nada en cuanto a estabilidad de la plantilla dentro de unos órdenes jurisdiccionales o en cuanto a sus funciones en cada sección o equipo, y menos aún garantizarnos que cuando se amplíe la plantilla en los Tribunales de instancia también se hará en la oficina judicial. 

Dan la ley por aprobada, aunque con unos plazos ampliables respecto a lo que determina el proyecto de la LOEO. Por orden del Ministerio empezarán por los Juzgados mixtos.

En contraposición desde STAJ-Navarra estamos explicando mediante una hoja resumen lo que supondrá la LOEO si se llega a aprobar tal y como está redactada en ese proyecto. De momento, sabemos que las movilizaciones han provocado que la aprobación en el Congreso prevista para el 20 de diciembre se traslade a enero y que el Ministerio se pliegue a negociar la inclusión de disposiciones transitorias que hasta ahora se negaba a hacerlo.

DESIGNACION DE MIEMBROS DE TRIBUNAL

Desde que STAJ tiene presencia en Navarra hemos defendido que la participación de los miembros designados por los sindicatos en los Tribunales Delegados o para la contratación temporal tenga las siguientes características:

  • Rotatorio: Los sindicatos designan de forma consecutiva, empezando por el que haya obtenido los mejores resultados en las elecciones sindicales.
  • Equilibrio: Obligatorio que sean dos sindicatos los que designan miembros en un Tribunal (hasta entonces, un único sindicato designaba a todos sus miembros).
  • Compatibilidad: Resulta obvio que no puede valorar quien está interesado en la calificación (es decir, un titular interesado en promocionar y que participa en la convocatoria no puede ser miembro del tribunal delegado; un interino que opta a la lista de contratación no puede participar en la valoración de los méritos en dicha lista). Además, los motivos de recusación de las personas designadas deben estar presentes antes de la designación, aunque la responsabilidad última recaiga sobre la persona designada (Por ej.: No se puede ser preparador y estar designado como parte del tribunal).
  • Solvencia: La persona elegida debe de conocer y tener en todo momento presente la Orden Foral 10/2014 que regula contratación temporal en Navarra (o la Convocatoria y sus bases en los procesos selectivos) y, preferentemente, tener suficiente experiencia laboral en este ámbito.
  • Subvenciones: A los vocales se abona una cantidad de 44,74 €. En STAJ renunciamos a compensaciones de cualquier clase si se es delegado sindical.

Estos son los acuerdos a los que se llegó por la Comisión de Personal de Justicia en 2014 para la OPE 2013 y los que llevamos defendiendo desde entonces.