En el PLAZO DE VEINTE DÍAS HÁBILES, desde
la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado», los aspirantes
que figuran en el anexo II presentarán en el Registro General
de este Ministerio, calle de La Bolsa, número 8, código postal 28012 de Madrid,
o bien, en los registros de cualquiera de los órganos previstos en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y dirigida a la Secretaría de Estado de
Justicia (unidad EA0041037-oficina 000011588 - Medios Personales, Procesos
Selectivos Justicia), la documentación que figura en esta Orden.
Así mismo se publica la Resolución de 13 de febrero de 2024, del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria por la que se publica la
relación de plazas correspondientes al ámbito de Cataluña, que se ofrecen a las personas aprobadas, en el proceso selectivo para acceso por promoción interna, en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por la Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo.Las solicitudes de destino de los aspirantes de este ámbito
deben presentarse por medios electrónicos (solicitud de destinos para los
aspirantes aprobados en las pruebas selectivas http://justicia.gencat.cat/ca/serveis/treballar/oposicions/funcionaris/admjus/ ),
de acuerdo con lo que establece el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y deben dirigirse a la Secretaría para la Administración de Justicia,
en el plazo de diez días hábiles, según lo que establece la base 8.1.a) de la
Orden de convocatoria del proceso selectivo, contados a partir del día
siguiente al de la publicación de la relación definitiva de personas aprobadas
en el BOE.
Las solicitudes deben formalizarse según el modelo que
figura en el anexo 2 de esta resolución, de acuerdo con las siguientes
instrucciones:
En el modelo de instancia se pueden detallar hasta el máximo
de los órganos judiciales ofertados, y debe hacerse constar el órgano, la
función, la localidad y la provincia.
Con la sola petición de un órgano judicial se entienden
solicitadas todas las plazas ofertadas en el mismo.
La adjudicación de destinos se realiza según el orden
obtenido por el aspirante en todo el proceso selectivo y por la prioridad
establecida.
Si el aspirante no solicita ninguna plaza o si no le
corresponde ninguna de las solicitadas, la consejera de Justicia, Derechos y
Memoria lo destinará, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no
adjudicadas publicadas en el DOGC y el BOE, siguiendo el orden alfabético de
localidades.
Ningún aspirante puede anular ni modificar su solicitud una
vez terminado el plazo para presentarla.
La adjudicación de los destinos debe hacerse con carácter
forzoso de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en las pruebas
selectivas para el ámbito territorial de Cataluña.
Los destinos adjudicados tienen carácter definitivo
equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso, sin que se pueda
participar en este hasta que no hayan transcurrido dos años desde la fecha de
la resolución en la que se adjudique al aspirante destino definitivo. El
cómputo de los dos años se determina de conformidad con lo establecido en el
párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del poder judicial.
Las solicitudes de destino de los aspirantes de este
ámbito se presentarán en el PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES contados
a partir del día siguiente a la publicación en el BOE.
OFERTA DE PLAZAS DE OTROS ÁMBITOS TERRITORIALES: