domingo, 11 de febrero de 2024

Publicación convocatoria promoción interna de Gestión P.A.

En el BOE de hoy se publica la Orden PJC/104/2024, de 31 de enero,  por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, mediante concurso oposición, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, en cumplimiento del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023.

El plazo de presentación de solicitudes es de VEINTE DÍAS HÁBILES, a contar desde mañana, y tanto la presentación como el pago de las tasas respectivas 23,33 €, 11,67 € si hay derecho de reducción, un 50%) se han de realizar vía electrónica, a través del servicio de Inscripción en Procesos-Pruebas Selectivas del punto de acceso general, https://administracion.gob.es/pag_Home/empleoPublico/ips.html, al que se puede acceder directamente o a través del enlace en la página Web del ministerio www.mjusticia.gob.es.

Para participar en este proceso selectivo es necesario

cumplir todos los requisitos señalados en la convocatoria y estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, la titulación de Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. 

Los aspirantes sólo podrán participar por un único ámbito territorial y, en caso de superar el proceso selectivo, obtendrán necesariamente destino dentro del ámbito territorial por el que concurren.

Las plazas que se convocan repartidas por ámbitos territoriales son las siguientes:

GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA

Ámbito territorial

Sistema General

Reserva discapacidad

Total

Ministerio de Justicia

   115    

9

124

Andalucía

53

4

57

Aragón

10

1

11

Asturias

6

1

7

Canarias

40

3

43

Cantabria

1

0

1

Cataluña

30

3

33

Comunidad Valenciana

98

6

104

Galicia

44

3

47

La Rioja

3

1

4

Madrid

87

5

92

Navarra

4

1

5

País vasco

27

2

29

Total

518

39

557

La fase de oposición constará de un único ejercicio obligatorio, que se celebrará en el mismo día y a la misma hora para todas las sedes, pudiendo ser coincidente su desarrollo en el tiempo con cualquier otro proceso selectivo, y tendrán lugar dentro de los cuatro meses siguientes a esta convocatoria y dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a la publicación de la Resolución por la que se eleva a definitiva la relación de personas admitidas y excluidas, publicándose en el Boletín Oficial del Estado la fecha, hora y lugares de su celebración. 

El ejercicio consistirá en contestar un cuestionario-test sobre las materias del programa.

  • Constará de 100 preguntas más 4 de reserva, con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una es la correcta.
  • La duración del ejercicio de será de 100 minutos y se calificará de 0 a 100 puntos. Las preguntas acertadas se valorarán con 1 punto; las preguntas no acertadas descontarán 0,25 puntos; las preguntas no contestadas no serán puntuadas.
  • La determinación de la nota mínima para superar el primer ejercicio será de 50 puntos.

 

En la FASE DE CONCURSO solo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, y se valorarán hasta un máximo de 65 puntos, los siguientes méritos que habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes

    -MÉRITOS PROFESIONALES:  La puntuación máxima será de 39 puntos. Se valorarán los servicios prestados a partir del 1 de enero de 2004, como personal titular, interino o sustituto en los Cuerpos de la Administración de Justicia o como personal laboral de esta Administración

Por cada mes completo de servicios prestados como personal sustituto o interino en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (antes Oficiales de la Administración de Justicia): 0,35 puntos.

Por cada mes completo de servicios prestados como personal titular, sustituto o interino en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa (antes Auxiliares de la Administración de Justicia): 0.30 puntos.

Por cada mes completo de servicios prestados en los demás Cuerpos o Escalas generales al Servicio de la Administración de Justicia, en el de Letrados y Letradas de la Administración de Justicia (anteriormente denominado de Secretarios Judiciales) y en el de Jueces y Juezas o Fiscales: 0.25 puntos.

Por cada mes de servicios prestados como personal laboral de la Administración de Justicia fijo o temporal: 0.15 puntos.

 

    -MÉRITOS ACADÉMICOS: La puntuación máxima será de 26 puntos. Se valorarán títulos y grados académicos, de los incluidos en el sistema educativo español.

12 puntos por estar en posesión de la licenciatura o grado en Derecho.

8 puntos por estar en posesión de otra licenciatura, ingeniería, arquitectura, grado o máster oficial.

5 puntos por estar en posesión de otras diplomaturas, ingenierías o arquitecturas técnicas. Se valorarán todos los títulos y grados aportados, independientemente de la titulación exigida para participar en el proceso selectivo.

La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 12 puntos.

 

    -HISTORIAL PROFESIONAL. Se valorarán Cursos de formación, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, con contenido de carácter jurídico relacionados con la actividad del Cuerpo, y homologados o impartidos por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, por las Consejerías de Justicia, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo.

Cursos de entre 15 y 29 horas 0,50 puntos.

Cursos de entre 30 y 59 horas 1 punto.

Cursos de 60 o más horas 1,50 puntos.

 

Cursos de formación en informática, recibidos e impartidos, y acreditados en los últimos diez años, por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, por las Consejerías de Justicia, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo.

Cursos de entre 15 y 29 horas 0,50 puntos.

Cursos de entre 30 y 59 horas 1 punto.

Curso de 60 o más horas 1,50 puntos. Los cursos de igual o similar contenido sólo se valorarán una vez

No se valorarán los cursos en los que no conste el número de horas ni aquellos con 14 o menos horas lectivas

La puntuación máxima a otorgar en este apartado es de 13 puntos, hasta 8 en el apartado de «conocimientos jurídicos y hasta 5 en el apartado conocimientos de informática.

 

    -CONOCIMIENTO DE IDIOMAS EXTRANJEROS. Se valorarán únicamente aquellos títulos que consten en el Cuadro de Equivalencias de exámenes oficiales del Marco Europeo de Referencia para las Lenguas:

Conocimientos de nivel C1 o C2: 1 punto.

Conocimientos de nivel B1 o B2: 0,50 puntos.

No se valorarán los conocimientos de nivel básico o elemental. La puntuación máxima total por este concepto será de 1 punto.

 

    -EVALUACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE LAS LENGUAS OFICIALES PROPIAS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y DEL DERECHO CIVIL VASCO

Para las personas opositoras que concurran por alguno de los ámbitos territoriales correspondientes a Comunidades Autónomas con lengua oficial propia y que así lo hubieran hecho constar en su solicitud de participación, finalizada la fase de oposición, se procederá a la evaluación del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas.

Además, para las personas aspirantes que concurran por el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que así lo hubieran hecho constar en su solicitud, se procederá, en los mismos términos y con los mismos efectos que se han detallado en el apartado anterior, a la evaluación de sus conocimientos del Derecho Civil Vasco.