El plazo de presentación de solicitudes es de
VEINTE DÍAS HÁBILES, a contar desde mañana, y tanto la
presentación como el pago de las tasas respectivas (7,79 €, si hay derecho de
reducción, 3,90 €) se han de realizar vía electrónica, a través
del servicio de Inscripción en Procesos-Pruebas Selectivas del punto de acceso
general, https://administracion.gob.es/pag_Home/empleoPublico/ips.html,
al que se puede acceder directamente o a través del enlace en la página Web del
ministerio www.mjusticia.gob.es.
Para participar en este proceso selectivo es necesario
cumplir todos los requisitos señalados en la convocatoria y estar en posesión o
en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes, la titulación de Bachillerato o equivalente.
Los aspirantes sólo podrán participar por un único ámbito
territorial y, en caso de superar el proceso selectivo, obtendrán
necesariamente destino dentro del ámbito territorial por el que concurren.
Las plazas que se convocan repartidas por ámbitos territoriales son las siguientes:
TRAMITACIÓN
PROCESAL Y ADMINISTRATIVA |
|||
Ámbito
territorial |
Sistema
General |
Reserva
discapacidad |
Total |
Ministerio
de Justicia |
223 |
15 |
218 |
Andalucía |
68 |
6 |
74 |
Aragón |
13 |
1 |
14 |
Asturias |
14 |
1 |
15 |
Canarias |
37 |
3 |
40 |
Cantabria |
3 |
1 |
4 |
Cataluña |
63 |
4 |
67 |
Comunidad
Valenciana |
87 |
6 |
93 |
Galicia |
2 |
0 |
2 |
La
Rioja |
11 |
1 |
12 |
Madrid |
152 |
10 |
162 |
Navarra |
6 |
1 |
7 |
País
vasco |
20 |
2 |
22 |
Total |
689 |
51 |
740 |
La FASE DE OPOSICIÓN constará de un único
ejercicio obligatorio, que se celebrará en el mismo día y a la misma hora para
todas las sedes, pudiendo ser coincidente su desarrollo en el tiempo con
cualquier otro proceso selectivo, y tendrán lugar dentro de los
cuatro meses siguientes a esta convocatoria y dentro de los cuarenta y cinco
días siguientes a la publicación de la Resolución por la que se eleva a
definitiva la relación de personas admitidas y excluidas, publicándose en
el Boletín Oficial del Estado la fecha, hora y lugares de su celebración.
El ejercicio consistirá en contestar un
cuestionario-test sobre las materias del programa.
- Constará
de 100 preguntas más 4 de reserva, con cuatro respuestas alternativas de
las cuales sólo una es la correcta.
- La
duración del ejercicio de será de 100 minutos y se calificará de 0 a 100
puntos. Las preguntas acertadas se valorarán con 1 punto; las preguntas no
acertadas descontarán 0,25 puntos; las preguntas no contestadas no serán
puntuadas.
- La
determinación de la nota mínima para superar el primer ejercicio será de
50 puntos.
Reserva de nota: los aspirantes que
hubieran superado la fase de oposición de la convocatoria inmediatamente
anterior de promoción interna al Cuerpo de Tramitación Procesal y
Administrativa, con una nota superior a la mínima fijada (60 por ciento), pero
no hubieran obtenido plaza, por no reunir méritos suficientes en la fase de
concurso de aquella convocatoria, quedarán exentos de realizar en este proceso
selectivo el examen de la fase de oposición. Esta reserva solo se
reconocerá cuando el aspirante se presente al mismo cuerpo, ámbito territorial
y turno (sistema general o cupo reserva personas con discapacidad), salvo que
voluntariamente se presente al examen de la presente convocatoria para aumentar
la nota. En este caso, si la nota obtenida fuese inferior o no superase el
examen, se le reservará la nota de la convocatoria inmediatamente
anterior.
En la FASE DE CONCURSO solo se aplicará a
quienes hayan superado la fase de oposición, y se valorarán hasta un máximo de
65 puntos, los siguientes méritos que habrán de poseerse a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes
MÉRITOS PROFESIONALES: La puntuación máxima
será de 39 puntos. Se valorarán los servicios prestados a partir del 1 de enero
de 2004, como personal titular, interino o sustituto en los Cuerpos de la
Administración de Justicia o como personal laboral de esta Administración
- Por
cada mes completo de servicios prestados como personal sustituto o
interino en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa (antes
Auxiliares de la Administración de Justicia): 0,35 puntos.
- Por
cada mes completo de servicios prestados como personal titular, sustituto
o interino en el Cuerpo de Auxili0o Judicial (antes Agentes de la
Administración de Justicia): 0.30 puntos.
- Por
cada mes completo de servicios prestados en los demás Cuerpos o Escalas
generales al Servicio de la Administración de Justicia, en el de Letrados
y Letradas de la Administración de Justicia (anteriormente denominado de
Secretarios Judiciales) y en el de Jueces y Juezas o Fiscales: 0.25
puntos.
- Por
cada mes de servicios prestados como personal laboral de la Administración
de Justicia fijo o temporal: 0.15 puntos.
MÉRITOS ACADÉMICOS: La puntuación máxima será
de 26 puntos. Se valorarán títulos y grados académicos, de los incluidos en el
sistema educativo español.
- 12
puntos por estar en posesión de la licenciatura o grado en Derecho.
- 8
puntos por estar en posesión de otra licenciatura, ingeniería,
arquitectura, grado o máster oficial.
- 5
puntos por estar en posesión de otras diplomaturas, ingenierías o
arquitecturas técnicas. Se valorarán todos los títulos y grados aportados,
independientemente de la titulación exigida para participar en el proceso
selectivo.
La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 12
puntos.
HISTORIAL PROFESIONAL. Se valorarán Cursos de
formación, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta la fecha
de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria,
con contenido de carácter jurídico relacionados con la actividad del Cuerpo, y
homologados o impartidos por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, por las Consejerías de Justicia, por el sistema
universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o
por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros
agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV
Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los
Servicios Públicos de Empleo.
- Cursos
de entre 15 y 29 horas 0,50 puntos.
- Cursos
de entre 30 y 59 horas 1 punto.
- Cursos
de 60 o más horas 1,50 puntos.
Cursos de formación en informática, recibidos e impartidos,
y acreditados en los últimos diez años, por el Ministerio de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes, por las Consejerías de Justicia, por el
sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración
Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas,
por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el
Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones
Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo.
- Cursos
de entre 15 y 29 horas 0,50 puntos.
- Cursos
de entre 30 y 59 horas 1 punto.
- Curso
de 60 o más horas 1,50 puntos. Los cursos de igual o similar contenido
sólo se valorarán una vez
No se valorarán los cursos en los que no conste el número de
horas ni aquellos con 14 o menos horas lectivas
La puntuación máxima a otorgar en este apartado es de 13
puntos, hasta 8 en el apartado de «conocimientos jurídicos y hasta 5 en el
apartado conocimientos de informática.
CONOCIMIENTO DE IDIOMAS EXTRANJEROS. Se
valorarán únicamente aquellos títulos que consten en el Cuadro de Equivalencias
de exámenes oficiales del Marco Europeo de Referencia para las Lenguas:
- Conocimientos
de nivel C1 o C2: 1 punto.
- Conocimientos
de nivel B1 o B2: 0,50 puntos.
No se valorarán los conocimientos de nivel básico o
elemental. La puntuación máxima total por este concepto será de 1 punto.
EVALUACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE LAS LENGUAS OFICIALES
PROPIAS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y DEL DERECHO CIVIL VASCO
Para las personas opositoras que concurran por alguno de los
ámbitos territoriales correspondientes a Comunidades Autónomas con lengua
oficial propia y que así lo hubieran hecho constar en su solicitud de
participación, finalizada la fase de oposición, se procederá a la evaluación
del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas.
Además, para las personas aspirantes que concurran por el
ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que así lo hubieran
hecho constar en su solicitud, se procederá, en los mismos términos y con los
mismos efectos que se han detallado en el apartado anterior, a la evaluación de
sus conocimientos del Derecho Civil Vasco